Hablar de las diferencias entre regímenes de tenencia de la
tierra nunca ha sido entretenido. Dentro de 500 años les parecerá aburrido las
diferencias actuales entre los contratos de alquiler de un piso de la misma
forma que hablar de la jurisdicción de un terruño de la Edad Moderna es
aburrido ahora.
Pero, por el bien de todos, intentaré hacer chistes.
Empecemos por el principio: como el rey no puede estar en
todas partes, crea delegados que lleven a cabo su voluntad, su ley y ejerzan el
dominio efectivo sobre tierras y hombres. De esta forma el monarca puede estar más
ocupado en cazar, hacer herederos y vegetar en el trono, dejando en manos de
terceras personas la administración de la justicia y las tierras.
El titular del señorío tenía en sus manos las rentas y la jurisdicción,
lo que significaba que en sus manos estaba el patrimonio del territorio. En otras palabras, que (oh, sorpresa) el que
controlaba el territorio controlaba el dinero. También tenían potestad para
nombrar a las autoridades locales y cobraban impuestos y tributos por el uso de
la tierra que hacía el campesino. Si, el campesino básicamente pagaba por
trabajar una tierra que no era suya.
¡Soy noble, trabajad vosotros para que yo no tenga que hacerlo!
¿Pero cómo había llegado esa tierra a manos de los señores? Normalmente
los señoríos estaban en manos de órdenes militares, abades, obispos,
monasterios, familias nobiliarias y otras personas de linaje probado.
Normalmente era gente que por una u otra razón se había destacado durante la
Reconquista, por lo que normalmente (a menos que haya sido comprado
posteriormente) los señoríos tenían orígenes medievales.
¿Comprar? Si, comprar.
Cuando la Reconquista se hubo
acabado, muchas personas que querían ennoblecerse vieron como la vía militar
quedaba fuera de juego, así que ¿qué mejor forma de ennoblecerse que comprándole
un erial al rey y poner a trabajar a cuatro campesinos para intentar sacar algo
de la tierra? La cosa era dejar bien claro quién tenía el poder económico y político. Y solía heredarlos el varón primogénito (conocido como mayorazgo), por lo que eran una inversión para la familia.
Señoríos de Aragón, cuando teníamos a templarios y hospitalarios correteando alegremente por estas tierras
Cuando las heroicidades militares dejaron de impresionar al
rey de turno, empezaron a hacerlo los sacos llenos de monedas de metales
preciosos, así que no hubo gran problema. El rey iba vendiendo las tierras de
realengo que se había guardado para sí y la gente que tenía dinero compraba
esas tierras enajenadas. Nadie preguntaba a los habitantes de los miles de pueblos
si querían seguir bajo la autoridad de la corona o si querían a otro señor
porque eran campesinos y a nadie le interesaba la opinión de un sucio campesino.
Espera un momento… ¿realengo?
Si, los señoríos se presentaban en tres refrescantes sabores
básicos: señorío laico, señorío eclesiástico y realengo. El laico significaba
que estabas sujeto a un señor “feudal” y tú, apestoso campesino, eras una
propiedad más a la que podía maltratar (el infame ius maletractandi) además de
cobrarle lo que creyeran conveniente. El señorío eclesiástico era mejor
considerado porque se presuponía que los religiosos no iban a ejercer, por
ejemplo, el derecho de pernada o que los monjes se iban a dedicar a pegar a los
campesinos como si de una banda de Latin Kings se trataran.
Realengo, sistema de jurisdicción de la tierra y, según Google, estación de Río de Janeiro
Lo cual nos lleva a la respuesta a la pregunta “¿qué diablos
es el realengo?”. Es la tercera forma de señorío y la envidiada por campesinos de las otras dos
formas. El realengo eran las tierras que dependían del propio rey. Y, claro, el
monarca no podía estar en todos sitios que lo tenían como señor, así que
nombraba delegados de entre la población local para que le hicieran el trabajo
sucio y le recaudaran impuestos. A pesar de todo, los habitantes de realengo
eran los que menos presión fiscal sufrían y más fácil era evadirla.
Finalmente, y para acabar con toda esta diversión
jurisdiccional, los señoríos fueron abolidos por los liberales a comienzos del
siglo XIX. Eso significa que transcurrieron en la Edad Media, en la Edad
Moderna y en la Edad Contemporánea, un loable logro ¿eh?
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